¿Tienes una compañía en Panamá? Actualiza tu RUC antes del 31 de agosto de 2025 y evita sanciones
- Lezcano Financial Group Lezcano
- 13 ago
- 1 Min. de lectura
En Panamá, todas las personas jurídicas y naturales con actividad comercial están obligadas a mantener actualizada la información de su Registro Único de Contribuyentes (RUC) ante la Dirección General de Ingresos (DGI).

Esta obligación aplica a todas las compañías, independientemente de que su fuente de ingresos sea:
Panameña (fuente gravable local)
Exenta no gravable
Extranjera u “off-shore"
La DGI ha establecido como fecha límite el 31 de agosto de 2025 para que los contribuyentes revisen y actualicen su información en las siguientes secciones:
Información General
Ubicación
Actividades Económicas
Obligaciones
Establecimientos
Terceros Vinculados (Representante Legal, Agente Residente y Contador Público Autorizado – CPA)
Adjuntar Documentos
Presentar Solicitud
Enfoque especial: Terceros Vinculados
Esta sección es clave y debe incluir:
Representante Legal – Persona designada para actuar legalmente en nombre de la empresa.
Agente Residente – Obligatorio para todas las sociedades anónimas, encargado de mantener registros y cumplir obligaciones legales mínimas.
Contador Público Autorizado (CPA) – Profesional responsable de la firma y presentación de reportes contables y fiscales dentro del marco legal panameño, asegurando el cumplimiento de obligaciones tributarias y regulatorias.
Sanciones por incumplimiento
El no actualizar el RUC dentro del plazo establecido puede generar multas que van de $100 a $500, según lo establecido por la Dirección General de Ingresos (DGI).
¿Qué debo hacer?
Contactanos, en LFG verificamos que la actualización de su RUC cumpla con todos los requisitos, especialmente en la sección de Terceros Vinculados, respaldando la información con la documentación legal y contable correspondiente.
📅 Recuerde: La fecha límite es el 31 de agosto de 2025


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